jueves, 29 de enero de 2015

BUSTILLOS AFIRMA QUE ALCALDESA HUARALINA TRASGEDIO LEY QUE LE PUEDE COSTAR LA VACANCIA. 

El señor Fortunato Bustillos, sobre la reciente designación del Gerente de EMAPA, dijo que en primer lugar la Sra. Bertha Sandoval renunció voluntariamente y los 2 directores cercanos a la gestión anterior ya hasta tenían designado a su reemplazante: el Sr. Neyra Rivera.
Señaló que el Sr. José Ramos, Gerente de Asesoría Jurídica, nada tenía que hacer en EMAPA, porque la empresa tiene su asesor que era el encargado de acompañar a la Sra. Kobayashi  como presidenta de la Junta General, que es su cargo en la empresa.
“Los asesores de la alcaldesa han tenido que leer los artículos 22 y 23 del Estatuto, que indican las funciones de la Junta General de Accionistas y en ninguna de ellas se establece que puede remover ni puede nombrar al Gerente General. En el caso de Vílchez Bula, el Tribunal Registral removió, no nombró a un gerente”, expresó.
Agregó que “El Estatuto en su Art. 44 dice que el Directorio es quien tiene la facultad de nombrar y remover al Gerente General. La norma vigente es el D.S. 015 del Ministerio de Vivienda y la Directiva Nº 001 de la OTAS, que indican cómo se deben nombrar a los directores y quiénes son los que manejan las empresas de propiedad social. Bazán destruyó el Directorio, destituyó y no nombró. Yo presente un Recurso de Amparo que me permite pertenecer al Directorio. La única función de la alcaldesa es recomponer el Directorio y nombrar al representante de la Municipalidad ante él”.
“Qué pena por el DR. Pepe Ramos y qué lamentable la situación de la alcaldesa, que deja mucho que desear. Él reconoce a solo 2 directores: El representante de la Municipalidad, el Sr. Atúncar y el del Colegio de Ingenieros, el Sr. La Rosa. Cómo es posible que no haya dicho que el Sr. Atúncar ha sido removido a través de la Resolución Nº 25 de la Corte Superior de Huaura, que inclusive anuló el Acta de Sesión de Concejo del 2012 donde fue elegido como candidato a ocupar la dirección”, señaló.
Dijo que le están haciendo un pésimo concejo a la Sra. Alcaldesa. “Qué pena por ella, espero que no tenga problemas legales futuros y que este asesoramiento no le sea adverso. Debe hacerse asesorar por un profesional competente y capaz, porque es ella la que tendrá que pagar las consecuencias funestas”.
“Todo esto es una decepción terrible, porque es el tercer alcalde que no quiere que se fiscalice esta empresa que es de todos los huaralinos. Se sigue persistiendo en situaciones incómodas que ya el pueblo está cansado de escuchar. El Registrador Público no va a inscribir al nuevo Gerente, porque él tiene que cumplir con los estatutos de la empresa. Se ha transgredido la ley Nº 3045 y eso le puede costar una vacancia a la alcaldesa Kobayashi”, culminó.

martes, 27 de enero de 2015

Ana Kobayashi presenta a nuevo Gerente General de Emapa Huaral

Luis Rojas Zegarra, Ingeniero Sanitario de Profesión, natural de Huánuco, ,hoy ante todos los medios de comunicación, fue presentado como el nuevo Gerente General de Emapa Huaral, en la conferencia de prensa se encontraba también el Alcalde del distrito de Aucallama.
“He trabajado en la OPS, en el Ministerio deSalud, en CENTROMIN, e sido Gerente General de Emapa Cañete en donde trabaje 2 años y 8 meses, también trabajé en el Ministerio de vivienda y ahora estoy ocupando este cargo, que es un reto para mi” dijo Luis Rojas Zegarra, con 25 años de carrera profesional.
Asimismo la Alcaldesa Provincial, manifestó que hoy se realizará una reunión con el nuevo Gerente General de Emapa Huaral, para poder designar los cargos de confianza de EMAPA.
 

Ojo Ravira: Decreto pro minero trasgrede derechos constitucionales de comunidades campesinas

“El Decreto Supremo 001-2015-EM tiene la intención de favorecer la inversión capitalista en minería pero transgrede derechos constitucionales de las Comunidades Campesinas” advirtió Antonio Peña Jumpa, abogado de la Pontificia Universidad Castólica del Perú (PUCP).
Más allá de la corrección normativa la empresa y las autoridades deben “cumplir con la obligación de informar seriamente a las comunidades y éstas materialicen, con el apoyo de recursos o medios, su derecho de ser informados conforme a su identidad cultural”.
“Solo bajo estas condiciones es posible obtener una respuesta sostenible que favorezca, en caso sea posible, a las propias empresas mineras, pero, sobre todo, favorezca a los titulares de los terrenos superficiales como son las comunidades campesinas” precisó el autor.
El gobierno central del Perú ha publicado el 6 de enero de 2015 el Decreto Supremo Nro. 001-2015-EM, Sector de Energía y Minas, en el que se aprueban disposiciones que simplifican los procedimientos mineros para impulsar proyectos de inversión capitalista. Estas nuevas disposiciones ponen en riesgo los propios proyectos de inversión al afectar derechos constitucionales de las Comunidades Campesinas que podrían derivar en reclamos continuos con el desenlace de conflictos socio-culturales incontrolables.
El nuevo Decreto establece en su artículo 3º la simplificación para el Procedimiento de Concesión de Beneficio regulado en el Reglamento de Procedimientos Mineros (D.S. Nro. 018-92-EM) estableciendo facilidades extraordinarias a los inversionistas para sus actividades de exploración y explotación en concesiones mineras.
Una de estas facilidades corresponde al documento, requerido para el procedimiento, que acredite la titularidad o autorización del terreno superficial donde se desarrollará el proyecto. En caso se trate de terrenos superficiales que se encuentren bajo propiedad inscrita o en posesión de Comunidades Campesinas solo se exige dos documentos de expresión de voluntad para cumplir con el procedimiento:
1. “Copia legalizada del Acta de la Junta Directivas de la Comunidad Campesina que otorga la autorización del uso del terreno superficial a favor del solicitante, así como la designación de los representantes de la misma, autorizados para suscribir el acto de disposición correspondiente a favor del solicitante.”
2. “Copia legalizada del documento de fecha cierta que autoriza el uso del terreno superficial por parte de la Comunidad Campesina donde se desarrollará el proyecto a favor del solicitante.”
(Parágrafos “c” y “d” del inciso 3.1. del artículo 3º del Decreto Supremo Nro. 001-2015-EM)
Conforme a dichas disposiciones, el procedimiento minero se torna simplificado en la parte que corresponde a la relación con las Comunidades Campesinas de nuestro país al exigirse literalmente dos documentos que pueden ser gestionados con cierta facilidad por el solicitante. Así, el segundo documento se podría obtener con la expresión formal de los dos tercios de los miembros de la Comunidad Campesina (mínimo exigido por ley 24656, artículo 7º, en caso se afecte la propiedad comunal), pero sin importar cómo.
El primer documento exigido derivaría del segundo, al conseguirse la aprobación de los titulares de la Comunidad todo acto posterior quedaría en manos de la Directiva Comunal y, particularmente, de las autoridades comunales que se designen formalmente. Al ser estas Comunidades Campesinas las que, por lo general, resultan las titulares de los terrenos superficiales donde se encuentran los yacimientos mineros en nuestro territorio andino, y al corresponderles a los miembros de dichas comunidades, normalmente, otra identidad cultural (incluyendo hasta un diferente idioma), la falta de precisión sobre el cómo se obtendría la expresión de voluntad de sus miembros hace al procedimiento administrativo extraordinariamente simplificado.
Esta simplificación es racional política y económicamente, bajo la comprensión de la administración pública central y de las empresas mineras. Sin embargo, no es racional para las Comunidades Campesinas. Para regular los procedimientos con estas Comunidades es indispensable que exista un procedimiento especial que permita informar e informarse a los miembros de las Comunidades.
“Informarse” significa que los miembros de estas Comunidades cuenten con los recursos o medios que les permita contratar a un equipo técnico de su confianza para que les explique, en su propio idioma, las ventajas y desventajas en la información proporcionada y concienticen las causas y los efectos del proyecto minero. Bajo esta condición mínima es posible abrir el diálogo y obtener una respuesta sostenible de parte de las Comunidades. Caso contrario, es una ilusión cualquier respuesta, en perjuicio de la administración del Estado y de la propia empresa minera.
La exigencia mínima anterior es propia del derecho de consulta previa exigida en el artículo 6º del Convenio Internacional Nro. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Este derecho de consulta previa tiene rango constitucional para nuestro país, habiendo sido regulado en parte en la Ley Nro. 29785 (Ley de Consulta Previa del Perú). Pero, el problema no es de contenido de una norma internacional o de una ley nacional, sino de simples derechos que corresponden a todo ciudadano (como resultan ser los miembros de las Comunidades Campesinas) y, en particular, que corresponden a los titulares de un predio afectado por un proyecto de inversión.
Bajo esta observación, la pregunta que brota es ¿Cómo solucionar en el mismo procedimiento administrativo esta omisión de consulta previa que corresponde como derecho constitucional a las Comunidades Campesinas, en caso las mismas autoridades del Sector Energía y Minas no lo subsanen formalmente? La solución se encuentra en la prioridad del derecho material, más allá del derecho formal o exegético que aparentemente brota del Decreto Supremo Nro. 001-2015-EM. Es necesario que se construya, para cada procedimiento que involucre a una Comunidad Campesina con el proyecto de inversión, una respuesta jurídica que contemple la obligación de informar por parte de la empresa minera y las autoridades competentes del Estado (como el Sector de Cultura y/o Justicia), y el derecho de informarse por parte de la comunidad campesina, conforme lo exigen normas superiores como la Constitución Política del Perú y el Convenio 169 de la OIT. Esto, por una doble finalidad:
– Una, evitar los conflictos socio-culturales que se desprenderían ante la omisión de la consulta previa informada; lo que produciría daños o desastres en perjuicio de la propia empresa minera, la población local y la propia administración pública.
- Dos, garantizar la inversión capitalista al obtener una respuesta consistente de parte de las Comunidades con las que se trabajaría, o no se trabajaría, en el futuro; tal como lo exigen las propias normas de inversión promovidas por el Banco Mundial para estos efectos (ver Principios del Ecuador 2013, en línea, particularmente el principio 5).
En suma, si bien el Decreto Supremo Nro. 001-2015-EM tiene la intención de favorecer la inversión capitalista en minería pero transgrede derechos constitucionales de las Comunidades Campesinas, esta transgresión puede aliviarse si es que la propia empresa minera y las autoridades competentes del Estado, más allá de la corrección normativa, cumplen con las disposiciones constitucionales o legales y asumen la obligación de informar seriamente a las Comunidades y éstas materialicen, con el apoyo de recursos o medios, su derecho de ser informados conforme a su identidad cultural. Solo bajo estas condiciones es posible obtener una respuesta sostenible que favorezca, en caso sea posible, a las propias empresas mineras, pero, sobre todo, favorezca a los titulares de los terrenos superficiales como son las Comunidades Campesinas.
Esta norma inconstitucional está hecha para dividir a las comunidades y hacer que sus juntas directivas queden expuestas a la presión o el soborno de las empresas mineras, violando su autonomía organizativa. Es una disposición que vulnera el derecho a la propiedad de las comunidades campesinas, el derecho a su autonomía y el derecho a la consulta previa.
 

domingo, 25 de enero de 2015

TRABAJADORES MUNICIPALES SE CAPACITARON SOBRE LA IMPORTANCIA DE PRESERVACION DE LAS LOMAS DE ANCÒN

La capacitación estuvo a cargo del personal del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP. 

TRABAJADORES MUNICIPALES SE CAPACITARON SOBRE LA IMPORTANCIA DE PRESERVACION DE LAS LOMAS DE ANCÒN  

Con el objetivo de sensibilizar sobre las áreas en conservación, las cuales albergan biodiversidad de flora y fauna, para generar conciencia sobre la necesidad de conservar nuestro ecosistema, representantes del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, en coordinación con el Área de Turismo de la Municipalidad Distrital de Aucallama, desarrolló una capacitación dirigida al personal de la entidad edil.

El evento fue inaugurado por el Gerente Municipal, Miguel Javier Chero, quien resaltó la importancia de realizar este tipo de eventos, que buscan mejorar y reconocer las bondades y riquezas que tiene nuestras reservas nacionales, sobre todo las “Lomas de Ancón”, que está ubicada en los límites de nuestro Distrito y de la de Ancón - Lima.

La capacitación denominada “Preservación de las Lomas de Ancón y su Biodiversidad”, estuvo a cargo de la Ing. Haydee Palomares y el guarda parques Juan Pariona, quienes indicaron la vital importancia de preservar esta riqueza natural que tenemos a sólo unos kilómetros de nuestro valle, donde se puede disfrutar de bellas especies animales y plantas, y que están siendo amenazadas por los invasores de terrenos y por la mala práctica de arrojar y quemar residuos sólidos cerca a este valioso lugar. De la misma manera, hoy en día se está perjudicando por la mala actitud de aquellos que practican el deporte tubular (vehículos areneros), que no respetan las zonas señaladas como intangibles.

Al culminar el evento, la responsable de la preservación de esta maravilla natural, agradeció a los participantes por su interés de querer saber sobre las bondades de esta área natural protegida. Además expresó el compromiso del SERNANP en continuar desarrollando eventos de esta naturaleza que promueven el desarrollo de los pobladores que viven en las zonas aledañas y de todo el distrito.

La jornada fue clausurada por la Regidora Isabel Beatriz Ferrer Rodríguez, quien reconoció la importancia de brindar información sobre esta área protegida a todos los pobladores y porque no a los visitantes Aucallama.


Ex funcionario municipal César Higa exige a alcaldesa rectificación sobre falsa acusación de gestión actual





Mediante carta notarial, dirigida a la alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Huaral, Sra. Ana Kobayashi, el ex trabajador municipal  César Higa Hurtado, solicita se rectifique la información propalada por la actual gestión, a través de diferentes medios, que en su domicilio se realizó una incautación de bienes municipales que de manera ilegal estaban siendo ocultados por él, lo que señala es totalmente falso, ya que es una persona digna y de buena solvencia moral.
Sostiene que laboraba desde Abril del 2013 como encargado del Área de Servicios Generales, de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial. Que la municipalidad tenía alquilado el local ubicado en la Calle El Palmo N° 119, que funcionaba como depósito, donde se encontraban los enseres de otras áreas. Que el Comité de Transferencia no le requirió en ningún momento información alguna sobre su área, por lo que no se hizo el respectivo inventario y entrega.
Que al dirigirse a laborar el 5 de Enero, fue impedido de ingresar y ante tal circunstancia se apersonó a la dependencia de la PNP de Huaral para solicitar voluntariamente una constatación policial del inmueble, pero el Mayor Oswaldo Argüelles le manifestó que se haría al día siguiente.
El día 6 nuevamente fue impedido de ingresar a su trabajo, por lo que nuevamente se dirigió a la dependencia policial, en forma voluntaria, a exigir la constatación, dirigiéndose al inmueble en mención, con el asesor legal Ramos Casazola y el Coordinador de Control Patrimonial Garay Chávez, haciéndose la constatación de los bienes ahí almacenados.
Fue en esas circunstancias que apareció el jefe de imagen don David Borja Carhuachín, doña Carolina Rodríguez Conga, rodeados de personal de serenazgo y periodistas, que procedieron a tomar fotos y filmar, armando un show mediático de que se incautaban bienes municipales ocultados de manera ilegal.
César Higa sostiene que de ese modo, el Asesor Legal y el Jefe de imagen, incurrieron en delito contra su honor, lo que está penado por el código penal, por lo que solicitan a la alcaldesa: Retractarse en forma conjunta, con sus funcionarios dentro de un plazo de 3 días, tras lo cual actuará judicialmente interponiendo una acción penal contra los responsables, por haberle ocasionado grave daño material y moral irreparable, que posteriormente puede conllevar a la vacancia de la alcaldía.
 

 

jueves, 22 de enero de 2015

ALCALDESA DE HUARAL ANA KOBAYASHI PRESENTÓ A SUS FUNCIONARIOS

La alcaldesa de Huaral Ana Kobayashi Kobayashi  presentó a los nuevos funcionarios de la Municipalidad de Huaral que la acompañarán en su labor al frente de la nueva gestión edil para el periodo 2015-2018.
Los nuevos funcionarios, son: Carlos Jacinto Pasapera Seminario Gerente Municipal, Abog. Roberto Carlos Ramírez Lazaro Secretaría General, Rafael Martin Salvador Luis Gerente de Administración y Finanzas, Wilfredo Castro Cabanillas Gerente de Desarrollo Social y Económico, Ing. Ángel Rubén Saldaña Quiroz Gerente de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, Abog. Juan José Ramos Casazola Gerente de Asesoría Jurídica, Prof. Eisenhower Nelido Jara Silva Gerente de Participación Ciudadana, Econ. Luis Alberto Esquivel Torres Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, C.P.C. Luz Milagro Espinoza Sánchez Gerente de Promoción de las Inversiones y Cooperación, Lic. Adm. José Miguel Minaya Seminario Gerente de Rentas y Administración Tributaria, Paolo Rhinaldo Morales Vázquez Gerente de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, Enrique Balta Sasaki Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, Ing. Jesús Alejandro Chávez Dueñas Gerente de Transporte Tránsito y Seguridad Vial, Ing. Orlando León De Los Santos Jefe de Defensa Civil, Abog. Katherine Sánchez Neyra Jefe del Órgano de Control Institucional, Dr. Juan Raúl Huaynate Holguín Procurador Público Municipal, C.P.C Maribel Lupe Balboa Paucar Sub Gerente de Contabilidad, Marcial Ysaul Delgadillo Campos Sub Gerente de Desarrollo Empresarial y Turismo, Prof. Jose Antonio Ames Alarcón Sub Gerente de Educación Cultura y Deporte, Ing. Oscar Vivanco Rey (e) Sub Gerente de Estudio y Planeamiento Territorial, Guillermo Ascasibar Caycho Sub Gerente de Fiscalización Tributaria, David Pascual Borja Carhuachin Sub Gerente de Imagen Institucional, Romulo Ricardo Quiñones Paredes Sub Gerente de la Tecnología de la Información y Sistemas, Rafael Martin Salvador Luis (e) Sub Gerente de Logística y Control Patrimonial, Ing. Pesquero Piter Michel Montalva Briceño Sub Gerente de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad, Ing. Geógrafo Carlos Alberto Rodriguez Mascaro Sub Gerente de Obras Privadas y Ordenamiento Urbano, Ing. Civil Oscar Vivanco Rey Sub Gerente de Obras Publicas y Equipo Mecánico, Econ. Luis Alberto Esquivel Torres Sub Gerente de Planeamiento y Racionalización,  Abog. Victor Alexander Moreno Otarola Sub Gerente de Policía Municipal,  Javier Suarez Molina Sub Gerente de Presupuesto, Dora Prada Vivar Sub Gerente de Programas Sociales, Beatriz Carolina Konja Rodríguez Sub Gerente de Recursos Humanos, José Miguel Minaya Seminario (e) Sub Gerente de Registro Tributario y Recaudación, María Victoria Gonzales Mattos Sub Gerente de Registro Civil, Lic. Segunda Torres Espinoza Sub Gerente de Salud OMAPED y DEMUNA, Bach.Walter Daniel Ramírez Rojas Jefe de la Oficina de Catastro, CPC. Sandra Fiorella Herrera Chávez Sub Gerente de Tesorería y Enrique Eduardo Gordillo García Sub Gerente de Trámite Documentario y Archivo.

PRESIDENTE DE JUNTA DE FISCALES JURAMENTÓ A 2 FISCALES TITULARES
Designados a Fiscalías Provinciales Mixtas de Huaral y Cajatambo.

El Fiscal Decano del Distrito Judicial de Huaura y Presidente de la Junta de Fiscales Superiores Dr. Félix Salazar Huapalla realizó esta mañana la juramentación de 02 fiscales que asumirán diferentes fiscalías especializadas en esta jurisdicción, de acuerdo a lo resuelto por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 103-2015-MP-FN de fecha 15 de Enero del 2015.
Los fiscales que juraron y prometieron cumplir fielmente su labor encomendada con todo el apego a la ley, fueron; el doctor Pedro Alva Loli, como Fiscal Provincial Titular Mixto de Cajatambo del Distrito Judicial de Huaura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Cajatambo. Asimismo, fue juramentado el doctor Lizandro Ricardo Zapata Corrales, como Fiscal Adjunto Provincial Titular del Distrito Judicial de Huaura, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Huaral.
En la misma resolución se estipula que se dan por concluidos, el nombramiento del doctor Ramiro Juan Jiménez Aguirre, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huaura, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Huaral y del doctor Ricardo Lizandro Ricardo Zapata Corrales, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huaura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Cajatambo.
El evento se llevó a cabo en horas de la mañana en el auditorio del Ministerio Público, en donde el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Huaura, doctor Félix Ernesto Salazar Huapalla, se encargó de tomar el juramento de ley a los magistrados exhortándoles a trabajar con dedicación, responsabilidad y esfuerzo. Los fiscales juramentados se comprometieron a trabajar en defensa de la legalidad y del interés público tutelado por la ley.
“La virtud de sus conciencias es más importante que el tesoro de sus conocimientos”, culminó diciendo en su discurso de honor arengando a los fiscales juramentados, el Dr. Félix Salazar Huapalla(DIARIO ASI).

MULTARÁN A COLEGIOS QUE COBREN POR EXÁMENES PARA MATRICULAR

El congresista Jaime Delgado, secretario de la Comisión de Defensa del Consumidor, denunció que todavía hay algunos centros educativos que cobran por exámenes en el proceso de admisión para niños de inicial y primer grado después de la publicación de la resolución ministerial que prohíbe esta práctica.
El parlamentario comentó que algunos centros educativos cobran entre S/.100 y S/.500 como concepto de derecho de evaluación o pago por inscripción, suma que no es reembolsable, lo que atenta contra la norma.
Cabe recordar que la Resolución Ministerial 0431-2012-ED aprueba la Directiva N°014-2012-MINEDU/VMGP del Ministerio de Educación, la cual señala que “en los procesos de admisión, inscripción, ingreso y/o matrícula en el nivel de Educación Inicial y el Primer Grado de Primaria, por ningún motivo la institución educativa pública o privada someterá al niño o niña a procesos de evaluación”.(DIARIO ASI)

CAÑETANOS NO QUIEREN A BUDD YACILA COMO DIRECTOR DEL HOSPITAL REZZOLA

Ni Bien Asumió el Cargo le Recordaron Serios Cuestionamientos
CAÑETANOS NO QUIEREN A BUDD YACILA COMO DIRECTOR DEL HOSPITAL REZZOLA
Médicos y Trabajadores Afirman que No Garantiza un Buen Manejo Administrativo.

“No le voy a responder esa pregunta", dijo con tono fúnebre el presidente regional Nelson Chui Mejía al periodista Lucho Bernal de radio Huracán cuando le inquirió quién había recomendado al médico cirujano Leonardo Budd Yacila como director ejecutivo del Hospital Rezola de Cañete. Con esto Chui quiso poner punto final a sus declaraciones sobre designación de funcionarios en el sector Salud.
El colega de radio Huracán no se quedó callado. Por el contrario, le recordó al presidente regional un potente paro del cuerpo médico en el hospital Regional exigiendo la salida de Leonardo Budd Yacila, el año 2010.

BUDD NO LES INPIRA CONFIANZA

En el hospital Rezola de Cañete está pendiente una licitación de obra por 80 millones de soles, para completar la remodelación. El doctor Budd Yacila no garantizaría un buen manejo, aseguran los médicos cañetanos.
"La licitación la hace este gobierno regional, con la participación del Ministerio de Salud que va a poner dos profesionales en el comité de adquisiciones”, explicó Chui Mejía.
Días atrás, los doctores José Antonio Yori Castillo y Leonardo Budd Yacila habían sido presentados oficialmente como nuevos directores ejecutivos de la Red de Salud Cañete-Yauyos y el Hospital Rezola de Cañete, respectivamente.  La ceremonia fue presidida por el vicepresidente regional Juan Luis Chong Campana, quien entregó las resoluciones a los flamantes directores. Participaron en la ceremonia el director regional de Salud Dr. Félix Humberto Palomo Luyo, Pedro Minaya Bazán gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur, Víctor Mancini Echevarría director administrativo de la referida Unidad y Alexander Bazán Guzmán, alcalde provincial de Cañete, entre otras autoridades y funcionarios.

LEONARDO BUDD YACILA, MEDICO CIRUJANO

Como se conoce, el médico cirujano Leonardo Budd Yacila siempre ha tenido problemas en todo establecimiento de salud donde se ha desempeñado. El problema de él es su ejercicio como autoridad. Siendo director del hospital Regional de Huacho primero, y del Área de Salud Chilca – Mala después, generó múltiples controversias.
Al principio reaccionaron los trabajadores administrativos y de servicio, luego sus propios colegas médicos. Los primeros frente a sus drásticos cambios de horarios y sistemas de trabajo. Los segundos percibían intolerable que un colega no se desenvuelva a la altura de un profesional médico, convirtiendo la dirección del hospital en un coto cerrado, que tenía como telón de fondo el segundo alanismo, cuando los hospitales del sector Salud lucían completamente abandonados.

CHUI NUEVAMENTE SE HA EQUIVOCADO

¿Se ha vuelto a equivocar Nelson Chui Mejía en los inicios de una segunda gestión basada en sus alianzas múltiples? Es probable que uno de sus refranes favoritos sea “más vale malo conocido que bueno por conocer” y le haya otorgado al doctor Leonardo Budd Yacila una nueva oportunidad para que ejecute una gestión por lo menos, aceptable.
Entretanto las primeras voces empiezan a encresparse en el hospital Rezola de Cañete. Los médicos y trabajadores de este nosocomio no lo quieren y exigen su salida. En las localidades de Chilca, San Antonio, Mala, Santa Cruz de Flores, Cerro Azul y San Vicente han surgido duras críticas acerca de la designación del doctor Leonardo Budd Yacila como nuevo director del Hospital Rezola.
Si bien es cierto que las críticas van enfiladas contra el presidente regional Nelson Chui Mejía, también se involucra al director regional de Salud doctor Félix Palomo Luyo quien pudo expresar sus reparos, evitando así que una gestión naciente que ofreció en campaña designar a los funcionarios más idóneos, demuestre un sesgo distinto, donde el amiguismo ostenta mayor coeficiente que los méritos profesionales.