jueves, 2 de mayo de 2013


BREVE COMENTARIO A LA  ESTRATEGIA ANTICORRUPCION

                                                                              (Escribe: Abog. Juan Carlos Huamán Alfaro *)

El pasado 23 de abril del presente año, se publicó en el diario oficial el Decreto Supremo N° 046-2013-PCM, denominado Estrategia Anticorrupción del Ejecutivo; dicho dispositivo contiene 20 acciones o políticas concretas y determinadas, orientadas a prevenir, detectar, investigar y sancionar  la corrupción.
Es sabido que la corrupción, no sólo amenaza la institucionalidad en el país, sino que también,  corroe y destruye la estructura del Estado. La corrupción va íntimamente vinculada a la impunidad; a mayor impunidad, se incrementa la incidencia o amenaza de corrupción. Las políticas anticorrupción no  alcanzaran éxito, sino incluyen estrategias en contra de la impunidad. La actuación del corrupto es de corto plazo, no advierte las consecuencias a mediano, ni a largo plazo; tan sólo se preocupa del provecho y beneficio inmediato.
En tal sentido, la Estrategia Anticorrupción forma parte del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 – 2016, aprobado por el D.S. N° 119-2012-PCM, siendo las acciones concretas de la estrategia, las siguientes:
1.- Mejora en la eficiencia de la gestión pública, reforma del aparato estatal, reduciendo los riesgos de corrupción, simplificando procedimientos administrativos.
2.- Optimización de los procedimientos y servicios administrativos, difusión de procedimientos y servicios contenidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos, con lenguaje claro e inclusivo.
3.- Consolidación de un Estado transparente y libre de la cultura del secreto,  supervisión con mayor énfasis a los gobiernos regionales y gobiernos locales, especialmente en municipios provinciales y capitales de departamento, para que brinden datos sobre sus gestiones –de forma clara y actualizada- que deberán ser publicados en el Portal de Transparencia del Estado.
4.- Lineamiento y directivas que orienten la integridad y la ética en la actuación del empleado público,  prohibición a los trabajadores de recibir regalos o afines sea cual sea la circunstancia, evitando de esta manera dádivas, coimas o las famosas “aceitadas”.
5.- Implementación efectiva del control interno en las entidades del Poder Ejecutivo, implementación y cumplimiento de normas de control interno en las entidades públicas como mecanismo de prevención contra la corrupción.
6.- Mejora de la gestión de Recursos Humanos, reforma del Servicio Civil, en base a la meritocracia que garantice una eficiente gestión pública.
7.- Publicidad de las sanciones de destitución y despido,  se brindará publicidad a la información, contenida en el Registro Nacional de Sanciones, de destitución y despido, a fin de que la ciudadanía ejerza un adecuado control social sobre aquellos empleados públicos que hayan incurrido en infracciones graves.
8.- Sistematización de la información sobre procesos administrativos disciplinarios vinculados a actos de corrupción, se consolidará información referida a procesos administrativos disciplinarios, a fin de contar con data veraz y objetiva, vinculadas a actos de corrupción.
9.- Reconocimientos públicos e incentivos a las entidades cumplidoras de estándares de integridad, el cumplimiento de directrices anticorrupción también será valorado. El Gobierno hará reconocimientos públicos y dará incentivos a las entidades que obtengan en un periodo determinado el mayor nivel de cumplimiento de las normas existentes, en materia de ética y prevención de la corrupción.
10.- Acompañamiento técnico a procesos de contrataciones públicas, mejorar la gestión pública en este extremo, con la asistencia técnica respectiva, en procura de optimizar recursos y minimizar errores.
11.- Mejora de capacidades de los operadores de contrataciones del Estado, se promoverá la certificación de operadores encargados de compras públicas.
12.- Alianza con el sector privado y la sociedad civil para reducir los riesgos de corrupción, se suscribirá con el sector privado, con participación de la sociedad civil, compromisos integradores, que guíen sus relaciones con el ejecutivo.
13.- Alertas tempranas de riesgos de corrupción, con instrumentos de monitoreo del cumplimiento de normas de prevención de la corrupción.
14.- Estandarización de los mecanismos de denuncias, mediante procedimientos uniformes para el trámite de las denuncias, de manera clara y sencilla para los ciudadanos.
15.- Sistematización de jurisprudencia en materia anticorrupción, a efectos de garantizar la predictibilidad en futuros casos de corrupción.
16.- Fortalecimiento del Sistema de Defensa Judicial del Estado, a fin de combatir de manera enérgica todos los delitos, entre ellos la corrupción.
17.- Política de recuperación de activos y cobros de reparación civil, el cobro del íntegro de las reparaciones civiles, así como repatriación de fondos, derivados de delitos de corrupción.
18.- Registro Nacional de la Corrupción, es decir, la inclusión de datos y estadísticas -en los registros creados por el Ministerio de Justicia- sobre los casos de corrupción, desde el momento que se ingresa una denuncia al Ministerio Público hasta la decisión final en un proceso penal.
19.- Propuestas legislativas para el fortalecimiento de medidas contra la impunidad, a efectos de que los que cometen actos de corrupción, sean sancionados y no vuelvan a trabajar en la Administración Pública.
20.- Planes anticorrupción sectoriales, a nivel de los sectores que conforman el Poder Ejecutivo, se dicten medidas de prevención y sanción de la corrupción.
El monitoreo del cumplimiento de la Estrategia Anticorrupción del  Poder Ejecutivo, estará a cargo de la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción de la Presidencia del Consejo de Ministros, para cuyo efecto deberá coordinar con las entidades del Poder Ejecutivo.
A manera de conclusión, podemos recomendar lo siguiente, a) participar en la lucha frontal contra la corrupción, sin restricciones, ni contemplaciones, pero sin vulnerar la institucionalidad democrática, ni el Estado Constitucional de Derecho; b) Identificar a los responsables involucrados en hechos o actos de corrupción dentro de la Entidad o Institución laboral; c) Planificar permanentes capacitaciones y/o encuentros, coloquios, donde se difundan planes o acciones de lucha o trabajo contra la corrupción, involucrando a funcionarios, trabajadores de la Administración Pública y ciudadanos.
Concluiríamos precisando que, dentro de los alcances de la vigencia de este dispositivo legal, la Oficina de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Huaral, ha convocado la primera de varias sesiones de sensibilización y difusión de la precitada normatividad, marcando de esta manera la lucha frontal contra cualquier amenaza de corrupción presentada o por presentarse en la institución.
Huaral, Abril del 2013.
* Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Huaral

No hay comentarios:

Publicar un comentario