BREVE COMENTARIO A LA ESTRATEGIA ANTICORRUPCION
(Escribe: Abog. Juan Carlos Huamán
Alfaro *)
El
pasado 23 de abril del presente año, se publicó en el diario oficial el Decreto
Supremo N° 046-2013-PCM, denominado Estrategia
Anticorrupción del Ejecutivo; dicho dispositivo contiene 20 acciones o
políticas concretas y determinadas, orientadas a prevenir, detectar, investigar
y sancionar la corrupción.
Es
sabido que la corrupción, no sólo amenaza la institucionalidad en el país, sino
que también, corroe y destruye la
estructura del Estado. La corrupción va íntimamente vinculada a la impunidad; a
mayor impunidad, se incrementa la incidencia o amenaza de corrupción. Las
políticas anticorrupción no alcanzaran
éxito, sino incluyen estrategias en contra de la impunidad. La actuación del
corrupto es de corto plazo, no advierte las consecuencias a mediano, ni a largo
plazo; tan sólo se preocupa del provecho y beneficio inmediato.
En
tal sentido, la Estrategia
Anticorrupción forma parte del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción
2012 – 2016, aprobado por el D.S. N° 119-2012-PCM, siendo las acciones
concretas de la estrategia, las siguientes:
1.- Mejora en la
eficiencia de la gestión pública, reforma
del aparato estatal, reduciendo los riesgos de corrupción, simplificando
procedimientos administrativos.
2.- Optimización de los
procedimientos y servicios administrativos, difusión de procedimientos y servicios contenidos en los
Textos Únicos de Procedimientos Administrativos, con lenguaje claro e
inclusivo.
3.- Consolidación de un
Estado transparente y libre de la cultura del secreto, supervisión con mayor énfasis a los gobiernos regionales y
gobiernos locales, especialmente en municipios provinciales y capitales de
departamento, para que brinden datos sobre sus gestiones –de forma clara y
actualizada- que deberán ser publicados en el Portal de Transparencia del
Estado.
4.- Lineamiento y
directivas que orienten la integridad y la ética en la actuación del empleado
público, prohibición a los trabajadores de recibir regalos o afines sea
cual sea la circunstancia, evitando de esta manera dádivas, coimas o las
famosas “aceitadas”.
5.- Implementación
efectiva del control interno en las entidades del Poder Ejecutivo, implementación y cumplimiento de normas de control
interno en las entidades públicas como mecanismo de prevención contra la
corrupción.
6.- Mejora de la gestión
de Recursos Humanos, reforma del Servicio Civil,
en base a la
meritocracia que garantice una eficiente gestión pública.
7.- Publicidad de las
sanciones de destitución y despido,
se brindará publicidad a
la información, contenida en el Registro Nacional de Sanciones, de destitución
y despido, a fin de que la ciudadanía ejerza un adecuado control social sobre
aquellos empleados públicos que hayan incurrido en infracciones graves.
8.-
Sistematización de la información sobre procesos administrativos disciplinarios
vinculados a actos de corrupción, se
consolidará información referida a procesos administrativos disciplinarios, a
fin de contar con data veraz y objetiva, vinculadas a actos de corrupción.
9.- Reconocimientos
públicos e incentivos a las entidades cumplidoras de estándares de integridad, el
cumplimiento de directrices anticorrupción también será valorado. El Gobierno
hará reconocimientos públicos y dará incentivos a las entidades que obtengan en
un periodo determinado el mayor nivel de cumplimiento de las normas existentes,
en materia de ética y prevención de la corrupción.
10.- Acompañamiento
técnico a procesos de contrataciones públicas,
mejorar la gestión
pública en este extremo, con la asistencia técnica respectiva, en procura de
optimizar recursos y minimizar errores.
11.- Mejora de
capacidades de los operadores de contrataciones del Estado, se promoverá la certificación de operadores encargados de
compras públicas.
12.- Alianza con el
sector privado y la sociedad civil para reducir los riesgos de corrupción, se suscribirá con el sector privado, con participación de
la sociedad civil, compromisos integradores, que guíen sus relaciones con el
ejecutivo.
13.- Alertas tempranas
de riesgos de corrupción, con instrumentos de monitoreo del
cumplimiento de normas de prevención de la corrupción.
14.- Estandarización de
los mecanismos de denuncias, mediante procedimientos uniformes para
el trámite de las denuncias, de manera clara y sencilla para los ciudadanos.
15.- Sistematización de
jurisprudencia en materia anticorrupción,
a efectos de
garantizar la predictibilidad en futuros casos de corrupción.
16.- Fortalecimiento del
Sistema de Defensa Judicial del Estado,
a fin de combatir de
manera enérgica todos los delitos, entre ellos la corrupción.
17.- Política de
recuperación de activos y cobros de reparación civil, el cobro del íntegro de las reparaciones civiles, así
como repatriación de fondos, derivados de delitos de corrupción.
18.- Registro Nacional
de la Corrupción, es decir, la inclusión de
datos y estadísticas -en los registros creados por el Ministerio de Justicia-
sobre los casos de corrupción, desde el momento que se ingresa una denuncia al
Ministerio Público hasta la decisión final en un proceso penal.
19.- Propuestas
legislativas para el fortalecimiento de medidas contra la impunidad, a efectos de que los que cometen actos de corrupción,
sean sancionados y no vuelvan a trabajar en la Administración Pública.
20.- Planes
anticorrupción sectoriales, a
nivel de los sectores que conforman el Poder Ejecutivo, se dicten medidas de prevención y
sanción de la corrupción.
El monitoreo del cumplimiento de la Estrategia Anticorrupción
del Poder Ejecutivo, estará a cargo de
la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción de la
Presidencia del Consejo de Ministros, para cuyo efecto deberá coordinar con las
entidades del Poder Ejecutivo.
A
manera de conclusión, podemos recomendar lo siguiente, a) participar en la lucha
frontal contra la corrupción, sin restricciones, ni contemplaciones, pero sin
vulnerar la institucionalidad democrática, ni el Estado Constitucional de
Derecho; b) Identificar a los responsables involucrados en hechos o actos de
corrupción dentro de la Entidad o Institución laboral; c) Planificar
permanentes capacitaciones y/o encuentros, coloquios, donde se difundan planes
o acciones de lucha o trabajo contra la corrupción, involucrando a
funcionarios, trabajadores de la Administración Pública y ciudadanos.
Concluiríamos
precisando que, dentro de los alcances de la vigencia de este dispositivo
legal, la Oficina de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de
Huaral, ha convocado la primera de varias sesiones de sensibilización y
difusión de la precitada normatividad, marcando de esta manera la lucha frontal
contra cualquier amenaza de corrupción presentada o por presentarse en la
institución.
Huaral,
Abril del 2013.
* Gerente de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad Provincial de Huaral
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